El Gobierno aprobó ayer en
Consejo de Ministros, la tarifa plana de cien euros por contingencias comunes
para la contratación indefinida, mediante la aprobación de un Real Decreto Ley
de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida.
Este Real Decreto Ley de medidas urgentes para el
fomento del empleo y la contratación indefinida aprobado, regulará esta nueva 'tarifa plana' de cien euros para la
contratación de nuevos trabajadores indefinidos anunciada el pasado martes por
el presidente del Gobierno durante el Debate sobre el estado de la Nación.
Esta medida supone que las
empresas o autónomos que contraten a un nuevo trabajador indefinido sólo
pagarán cien euros mensuales en la cotización a la Seguridad Social por
contingencias comunes durante los primeros veinticuatro meses, siempre y cuando
esta contratación suponga la creación neta de empleo estable.
Las empresas de menos de diez
trabajadores podrán beneficiarse, una vez transcurridos los primeros
veinticuatro meses, de doce meses adicionales de una reducción del 50 por 100
de la cuota por dichas contingencias.
Se podrán beneficiar de esta
medida todas las empresas y autónomos, independientemente de su tamaño, por la
contratación estable de un nuevo trabajador, también independientemente de su
edad.
La reducción supondrá un ahorro
medio para el empleador de alrededor del 75 por 100 de la cotización por
contingencias comunes, que se reducirá a cien euros al mes (1.200 euros
anuales). Esta medida, aplicada a un sueldo bruto anual de veinte mil euros,
implica que el empleador se ahorrará 3.520 euros anuales de cotización a la
Seguridad Social por cada empleo nuevo creado.
La cotización por contingencias
comunes se reducirá a 75 euros cuando la jornada de trabajo sea equivalente al
75 por 100 de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable y se
reducirá a 50 euros cuando la jornada de trabajo sea equivalente al 50 por 100
de la jornada de un trabajador a tiempo completo.
Además, las empresas y autónomos
con menos de diez trabajadores podrán beneficiarse de una reducción adicional
durante el tercer año equivalente al 50 por 100 de la cotización por
contingencias comunes que le correspondería.
La medida será aplicable a todos
los contratos efectuados desde el pasado 25 de febrero, fecha de su anuncio por
parte del presidente del Gobierno, hasta el 31 de diciembre de 2014.
Indicar que la nueva regulación
no afecta a la aportación del trabajador ni a la aportación empresarial por
contingencias profesionales, desempleo, FOGASA y Formación profesional,
respecto de las cuales se aplicarán las reglas ya vigentes de cotización.
Tampoco tendrá ningún impacto en
la cuantía de las prestaciones económicas a las que puedan tener derecho los
trabajadores, que se calcularán aplicando el importe íntegro de la base de
cotización.
Indicar que las empresas o
autónomos que se acojan a esta tarifa plana no deberán haber realizado despidos
disciplinarios o por causas objetivas, declarados improcedentes, o despidos
colectivos en los seis meses anteriores a la fecha de celebración del contrato.
A estos efectos, sólo se tendrán en cuenta las extinciones realizadas con
posteridad al anuncio de esta medida, esto es, posteriores al pasado 25 de
febrero.
Las empresas que no mantengan el
nivel de empleo total ni el nivel de empleo indefinido en los tres años
siguientes al contrato deberán reintegrar, total o parcialmente, las cantidades
que se han ahorrado. Si incumplen el primer año, deberán ingresar la totalidad
de la reducción; si incumplen el segundo año, deberán ingresar el 50 por 100 y,
si incumplen el tercer año, deberán ingresar el 33 por 100.
Además, se exige que la empresa
esté al día de sus obligaciones con la Seguridad Social y tributarias, y que no
haya sido sancionada por incumplimientos de la legislación social en los
últimos dos años. En particular, no podrán beneficiarse las empresas que hayan
sido sancionadas por no dar de alta a trabajadores en la Seguridad Social.
Asimismo, la reducción de
cotizaciones por contingencias comunes que supone la tarifa plana de cien euros
no será compatible con otras bonificaciones a la Seguridad Social.
Para más información:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
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