Los límites para la percepción de
los complementos por mínimos en el año 2013,
aparecen incorporados en la Ley de Presupuestos Generales del Estado
para 2013, en la cual se establecen los nuevos límites para la percepción de
los complementos por mínimos en sus distintas modalidades, según quedaron tras
el incremento de pensiones contemplado en el Real Decreto del 30 de noviembre
de 2012, que establecía para el próximo año un incremento del 2 por 100 en las
pensiones que no superen los mil euros y un incremento del 1 por 100 para el
resto.
Por otro lado, la norma corrige
un vacío legal de la Ley sobre actualización, adecuación y modernización del
Sistema de la Seguridad Social, del 1 de agosto de 2011, en materia de límite
de edad aplicable a las pensiones de orfandad, en el caso de huérfanos con
discapacidad en un grado igual o superior al 33 por 100, para evitar un trato
discriminatorio de estas personas respecto a su situación anterior.
De esta forma, dicho colectivo
queda exceptuado de la aplicación paulatina del límite de edad, previsto en la
disposición transitoria sexta bis de la Ley General de la Seguridad Social,
para los huérfanos en que sobreviva uno de los progenitores, manteniendo a
estos efectos su equiparación con los huérfanos absolutos.
Para más información:
Ministerio de Empleo y Seguridad
Social
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