domingo, 23 de diciembre de 2012

Ayudas trabajadores en ERE Madrid

Ayudas a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas (2012)
 
Plazo Inicio: 18 diciembre 2012 | Fin: 31 diciembre 2012
 
El objeto de esta convocatoria es facilitar una cobertura económica a trabajadores y afectados por los procesos de extinción de relaciones de trabajo, por causas económicas, técnicas organizativas o de producción, hasta que se alcance la situación de jubilación, en su modalidad contributiva en el sistema de la Seguridad Social
 
    Requisitos
  • 1. Empresas, con domicilio o con algún centro de trabajo radicado en la Comunidad de Madrid, que se vean afectadas por procesos de reestructuración producidos por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción previstas en los artículos 51 y 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, para aquellos trabajadores que, afectados por dichos procesos, vean extinguida su relación de trabajo, previa conformidad expresa e individual de cada uno de ellos.
    2. Los trabajadores para los que se solicite la ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos:
    a) Tener sesenta años de edad, real o teórica por aplicación de los coeficientes reductores de edad, como mínimo, cuando accedan al sistema de ayudas.
    b) Estar de alta o situación asimilada al alta en el régimen de la Seguridad Social de encuadramiento.
    3. El plazo en el que se debe producir la situación que genere el derecho a la percepción de la ayuda comprende desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2012.
    Documentación a presentar
  • 1. Solicitud, (Ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha).
    2. Se podrá consultar la documentación a presentar en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.

    Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

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