SE ACABA MI PRESTACION ¿Y AHORA QUÉ?
Una de las principales dudas de los desempleados una vez terminada su cobertura por desempleo contributiva, EL PARO, es saber si tienen derecho a otro tipo de ayudas asistenciales.
Vamos a intentar aclarar esa duda en función de los datos de cada persona.
Lo primero que hay que aclarar es que una vez cobrada la prestacion contributiva, siempre se miran las rentas del solicitante y de su cónyuge, así como las de los hijos menores de 26 años, o mayores con discapacidad superior al 33%, que convivan con el solicitantes y sean económicamente dependientes de él.
Si ha agotado usted un paro y tiene menos de 45 años, puede tener derecho a:
- si tiene CARGAS FAMILIARES, a un subsidio, la famosa "ayuda familiar"
- si no tiene cargas familiares solo podría acceder a :
Si ha agotado usted un paro y tiene entre 45 y 55 años.
Si ha agotado usted un paro y tiene usted 55 o más años:
- si reune todos los requisitos del subsidio para mayores de 55 años podrán acceder a él hasta la primera edad en la que pueda jubilarse
- si no reune los requisitos de acceso al subsidio para mayores de 55, podrá acceder a un subsidio, tenga o no cargas familiares, teniendo en cuenta que sin cargas lo máximo a lo que se tiene derecho son 6 meses, pero si se acreditan cargas puede durar hasta dos años y medio.
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