jueves, 13 de marzo de 2014

La tarifa plana de cotizaciones a 100 euros para contratación indefinida aumentará el PIB un 0,3%


La tarifa plana de cotizaciones a 100 euros para la contratación indefinida supondrá un incremento adicional del 0,3% del Producto Interior Bruto (PIB) español, según lo que ha indicado la ministra de Empleo y Seguridad Social.

El Real Decreto-ley, anunciado el pasado 25 de febrero por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, durante el Debate sobre el Estado de la Nación y aprobado tres días después por el Consejo de Ministros, tiene como objetivo incentivar la contratación de carácter indefinido, ya sea a tiempo completo o a tiempo parcial, mediante el establecimiento de nuevas reducciones en la cotización empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes, con el doble objetivo de favorecer la creación de empleo y de fomentar la estabilidad en la contratación.

La ministra ha explicado que, tal y como señalan las estimaciones del Ministerio de Economía recogidas en la memoria que acompaña a la norma, que este jueves será convalidada por el Congreso, el impacto presupuestario anual de la tarifa resultará neutral, ya aportará más crecimiento económico y empleo estable, lo que "pone en marcha el círculo virtuoso de la economía".

El Real Decreto-ley aprobado el pasado 28 de febrero, y que mañana será sometido a convalidación por el Pleno del Congreso de los Diputados, estipula que las empresas o autónomos que entre el 25 de febrero y el 31 de diciembre de 2014 contraten a un nuevo trabajador de forma estable sólo cotizarán por contingencias comunes a la Seguridad Social 100 euros al mes durante los primeros 24 meses.

La reducción supondrá un ahorro para el empleador del entorno del 75% de la cotización por contingencias comunes, que se limitará a 100 euros al mes (1.200 euros anuales). Esta medida, aplicada a  un sueldo bruto anual medio de 20.000 euros, implica que el empleador se ahorrará 3.520 euros anuales de cotización a la Seguridad Social por cada empleo nuevo creado.

Asimismo, los autónomos con menos de diez trabajadores se verán beneficiados de una reducción adicional del 50% en las cuotas por contingencias comunes durante el tercer año.

Las empresas que no mantengan el nivel de empleo total ni el nivel de empleo indefinido generado por las nuevas contrataciones en los tres años siguientes a las mismas deberán reintegrar total o parcialmente las cantidades que se han ahorrado.

Si incumplen el primer año, deberán ingresar la totalidad de la reducción, si incumplen el segundo año, deberán ingresar el 50% y si incumplen el tercer año deberán ingresar el 33%.

Las empresas o autónomos que se acojan a esta tarifa plana no deberán haber realizado despidos disciplinarios o por causas objetivas, declarados improcedentes, o despidos colectivos en los seis meses anteriores a la fecha de celebración del contrato. A estos efectos, sólo se tendrán en cuenta las extinciones realizadas con posteridad al anuncio de esta medida, esto es, posteriores al pasado 25 de febrero.

Además, se exige que la empresa esté al día de sus obligaciones con la Seguridad Social y tributarias, y que no haya sido sancionada por incumplimientos de la legislación social en los últimos dos años. En particular, no podrán beneficiarse las empresas que hayan sido sancionadas por no dar de alta a trabajadores en la Seguridad Social.

Asimismo, la reducción de cotizaciones por contingencias comunes que supone la tarifa plana de 100 euros no será compatible con otras bonificaciones a la Seguridad Social.

Para más información:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social

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