¿Qué pasa si no me presento a las ofertas de empleo?
Nos ha llegado esta pregunta varias veces a nuestro twitter por lo que nos hemos decidido a realizar una entrada para publicar la respuesta para todos nuestros lectores.
La respuesta es la siguiente:
Si no se presenta a una oferta de empleo adecuada, o no participa en trabajos de colaboración social sin causa justificada, puede ser sancionado por infracción grave de acuerdo con la escala siguiente:
- 1ª Infracción. Pérdida de tres meses de prestación.
- 2ª Infracción. Pérdida de seis meses de prestación.
- 3ª Infracción. Extinción de la prestación. Se aplicará esta escala a partir de la primera infracción, con independencia del tipo de infracción (es decir, no siempre tiene que ser un rechazo de oferta sino otra de las infracciones graves) y cuando entre la comisión de una infracción grave y la anterior no hayan transcurrido más de 365 días.
Referencia normativa: Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social
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