lunes, 6 de agosto de 2012

Plan Anual de Política de Empleo 2012, publicado

El Plan Anual de Política de Empleo 2012 ha sido publicado en el BOE del pasado sábado día 04 de agosto, el cual recogía la Resolución de 24 de julio de 2012 , de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de julio de 2012, por el que se aprueba el citado plan.

El Plan Anual de Política de Empleo 2012 se estructura en siete capítulos y cinco anexos. Los objetivos prioritarios del Plan se explican en el capítulo 4, donde se establecen  seis objetivos prioritarios a los cuales deberán necesariamente estar vinculadas todas las acciones y medidas del Plan Anual que se desarrollen por los Servicios Públicos de Empleo:

Reducir la tasa de desempleo juvenil.
Mejorar la empleabilidad de los demás colectivos afectados por el paro.
Apoyar a los emprendedores a través de medidas que contribuyan a crear empleo y posibilitar el mantenimiento de los mismos en el mercado de trabajo.
Acentuar la colaboración público-privada con el fin de realzar los mecanismos de búsqueda de empleo por los desempleados.
Desarrollar medidas para colectivos específicos, con especial atención a las personas con discapacidad.
Lucha contra el fraude.
Asimismo, se tendrán en cuenta en el Plan Anual de Política de Empleo para 2012 las acciones y medidas dirigidas a la formación de ocupados y la modernización de los  Servicios Públicos de Empleo.

El capítulo 5 expone la vinculación de estos objetivos prioritarios con la reforma laboral, ya que las medidas para favorecer la empleabilidad de los trabajadores establecidas en la reforma laboral aprobada por el Real Decreto-ley 3/2012 tienen una estrecha  vinculación con los objetivos prioritarios determinados en el Plan Anual de Política de Empleo. Estas medidas y su relación con los objetivos prioritarios, son las siguientes:

Se reforma el marco regulador de las empresas de trabajo temporal autorizándolas  a operar como agencias de colocación.
 Se modifica la formación profesional en los siguientes aspectos:
-Reconocimiento de la formación profesional como un derecho individual, estableciéndose como un derecho de los trabajadores un permiso retribuido con fines formativos.

- Reconocimiento a los trabajadores el derecho a la formación profesional dirigida a  su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo.

- Establecimiento para cada trabajador de una cuenta de formación asociada al número de afiliación a la Seguridad Social que gestionarán los Servicios Públicos de   Empleo.

-Reconocimiento a los centros y entidades de formación, debidamente acreditados, de la posibilidad de participar directamente en el sistema de formación profesional   para el empleo, con la finalidad de que la oferta formativa sea más variada, descentralizada y  eficiente.

- Modificación del contrato para la formación y el aprendizaje para potenciar el empleo juvenil y la mejora de su cualificación en un régimen de alternancia de la actividad  formativa y laboral.

Se establecen medidas para fomentar la contratación indefinida y la creación de  empleo, especialmente dirigidas a los jóvenes desempleadosy las Pymes. Estas medidas son:
- Reforma del contrato de trabajo a tiempo parcial con el objetivo de buscar un mayor equilibrio entre flexibilidad y protección social, admitiendo la realización de horas  extraordinarias en los contratos a tiempo parcial, e incluyendo las mismas en la base de cotización por contingencias comunes.

- Modificación de la ordenación del tradicional trabajo a domicilio, para dar acogida, mediante una regulación equilibrada de derechos y obligaciones, al trabajo a distancia basado en el uso intensivo de las nuevas tecnologías.

-Creación de una nueva modalidad de contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores de la que sólo podrán hacer uso las empresas que tengan menos de cincuenta trabajadores que apuesten por la creación de empleo.

Además, se establecen incentivos para estos contratos, incluyendo deducciones  fiscales por la contratación de jóvenes y beneficiarios de prestaciones por desempleo, incrementando su cuantía cuando se concierten con mujeres en sectores donde estén menos representadas.

- Racionalización del sistema de bonificaciones por la contratación indefinida, así las bonificaciones previstas en el Real Decreto Ley se dirigen exclusivamente a las empresas que tengan menos de cincuenta trabajadores, bien por la transformación de contratos en prácticas, de relevo o de sustitución de la edad por jubilación en contratos indefinidos, o bien por la contratación indefinida, a través de la nueva modalidad contractual para emprendedores, de jóvenes de entre 16 y 30 años o mayores de 45 años inscritos como  demandantes de empleo al menos doce meses en los dieciocho anteriores a la contratación, incrementando su cuantía cuando se concierten con mujeres en sectores donde estén menos representadas.

Para finalizar, destacar que del  Plan Nacional de Reformas y Plan Anual de Política de Empleo se ocupa el capítulo 6, ya que algunas de las materias más destacadas dentro del apartado dedicado al mercado laboral del Plan Anual de Reformas 2012 son las relativas  a la revisión de las políticas activas de empleo, la mejora de la empleabilidad de los  jóvenes a través de la formación profesional y el Plan de Empleo Juvenil. Asimismo dentro de las medidas para procurar la sostenibilidad y eficiencia del sistema público de Seguridad Social, se incluye un Plan de lucha contra el fraude en materia de Seguridad  Social.

Indicar que el Plan Anual de Política de Empleo concretará en cada ejercicio los objetivos de la Estrategia Española de Empleo a alcanzar en todo el Estado y en las distintas Comunidades Autónomas, así como los indicadores que se utilizarán para conocer el grado de cumplimiento de los mismos. De tal forma, el Plan Anual de Política de Empleo se configura como un instrumento de evaluación de las acciones y medidas de políticas activas de empleo desarrolladas por el Servicio Público de Empleo Estatal y las Comunidades Autónomas.

Para más información podemos consultar el siguiente enlace: http://www.boe.es/boe/dias/2012/08/04/pdfs/BOE-A-2012-10475.pdf

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