miércoles, 9 de mayo de 2012

Subvenciones para entidades de carácter local y regional del Ministerio de Industria

El Ministerio de Industria, Energía y Turismo, acaba de convocar en el ámbito del Programa Emprendemos Juntos una serie de subvenciones para entidades de carácter local y regional.

Así el BOE publicaba ayer las siguientes órdenes del Ministerio de Industria, Energía y Turismo:

Orden IET/966/2012, de 26 de abril (BOE Núm. 110 de martes 8 de mayo de 2012), por la que se convoca para el año 2012 la concesión de ayudas para entidades de carácter local dentro del Subprograma de acciones estratégicas para el fomento del emprendimiento del Programa Emprendemos Juntos.

Orden IET/967/2012, de 26 de abril (BOE Núm. 110 de martes 8 de mayo de 2012), por la que se convoca para el año 2012 la concesión de ayudas para entidades de carácter regional dentro del Subprograma de acciones estratégicas para el fomento del emprendimiento del Programa Emprendemos Juntos.

La primera Orden está destinada a regular las ayudas para entidades de carácter local del subprograma de acciones estratégicas para el fomento del emprendimiento del programa Emprendemos Juntos para el año 2012. El objetivo de estas acciones es incentivar, reconocer y apoyar tanto las actuaciones de carácter público, como las de carácter público-privado que estén dirigidas a potenciar la iniciativa emprendedora y a facilitar y fomentar la creación de empresas.

El plazo de presentación de las solicitudes es de veinte días naturales desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».

En cuanto a los beneficiarios, indicar que podrán ser beneficiarios de estas ayudas los siguientes entes del sector público:

a) Las entidades locales, los organismos autónomos y los entes públicos dependientes de aquéllas, que presten servicios o produzcan bienes
que no se financien mayoritariamente con ingresos comerciales.
b) Las entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles y demás entes de derecho público vinculados o dependientes de las
Administraciones de las entidades locales, y no comprendidos en la letra anterior.
c) Aquellas entidades que de acuerdo con la legislación local tengan la consideración de fundaciones de carácter público.

En cuanto a la segunda Orden, está destinada a regular las ayudas para entidades de carácter regional del subprograma de acciones estratégicas para el fomento del emprendimiento del programa Emprendemos Juntos para el año 2012.El objetivo de estas acciones es incentivar, reconocer y apoyar tanto las actuaciones de carácter público, como las de carácter público-privado que estén dirigidas a potenciar la iniciativa emprendedora y a facilitar y fomentar la creación de empresas.

El plazo de presentación de las solicitudes es de veinte días naturales desde el día siguiente a la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Podrán beneficiarse de estas ayudas:

a) La Administración de las comunidades autónomas, así como los entes y organismos públicos dependientes de aquélla, que presten servicios o produzcan bienes que no se financien mayoritariamente con ingresos comerciales.
b) Las entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles y demás entes de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones de las comunidades autónomas, y no comprendidos en la letra anterior.
c) Aquellas entidades que de acuerdo con la legislación autonómica tengan la consideración de fundaciones de carácter público.

Podremos ver más información de estas órdenes en los siguientes enlaces:

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