sábado, 8 de septiembre de 2018

¿Cuánto puedo cobrar como subvención de cuotas a la Seguridad Social? ¿Qué documentos debo aportar?

La cuantía que mensualmente puede obtener para subvencionar las cuotas de Seguridad Social es fija y se calcula con el importe de la aportación íntegra del trabajador a la Seguridad Social del primer mes de la actividad como autónomo o como socio de la cooperativa o sociedad laboral o mercantil.

Si ese mes de trabajo no fuera completo se calcula la cantidad que corresponde a toda la mensualidad. Por eso, cuando reciba la comunicación del Servicio Público de Empleo Estatal aprobando su derecho, debe aportar la documentación que a continuación se indica para que se pueda calcular el importe mensual de la subvención de cuotas a la Seguridad Social:

Si es trabajador por cuenta propia (autónomo), el boletín de cotización del primer mes de actividad sellado y/o justificante bancario de haber ingresado su importe en una entidad financiera.
Si se incorpora al Régimen General o a otro Régimen de la Seguridad Social, como trabajador por cuenta ajena, la nómina del primer mes de trabajo. En todo caso, deberá tener en cuenta que en el supuesto de haber solicitado y percibido la prestación en la modalidad de pago único y la subvención de cuotas, el abono estará condicionado a la justificación de la inversión y al justificante del inicio de la actividad.

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