¿Se puede trabajar en otra empresa estando incluido en un procedimiento de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral?
Tristemente durante los últimos meses nos ha llegado a nuestro correo y a nuestro twitter @ParoyEmpleo varias veces la misma pregunta. Decimos tristemente porque hay muchos expedientes de regulación de empleo en vigor en varias empresas por lo que lo mejor es contestar en forma de artículo para todos los implicados.
SI: La inclusión en un procedimiento de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral, supone la exoneración para el trabajador y la empresa de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo.
Ello, no supone prohibición alguna para el trabajador afectado de realizar otra actividad laboral, sea por cuenta ajena o por cuenta propia.
No obstante, las colocaciones que se produzcan durante la percepción de la prestación por desempleo deberán ser comunicadas por el trabajador, al Servicio Público de Empleo Estatal al objeto de suspender la percepción de la prestación.
En el supuesto de que la colocación sea a tiempo parcial, el desempleado podrá solicitar la compatibilización de la prestación con el contrato a tiempo parcial, deduciéndose de aquélla la parte proporcional al tiempo trabajado.
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