La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional avala el despido colectivo cuando se acredita grave deterioro económico de la empresa.
Se trata de la primera sentencia en la que la Sala tiene que pronunciarse sobre el fondo de la reforma laboral. Los magistrados avalan los despidos en una compañía de alquiler de coches al considerar probado las causas económicas por el desmoronamiento de sus cuentas. También admite la causa productiva que exige la norma, ya que la compañía no está en condiciones de colocar sus productos y servicios en el mercado
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha avalado la reforma del mercado laboral por la que una empresa en notoria situación económica negativa puede realizar despidos colectivos. Se trata de la primera vez que la Sala examina un despido colectivo motivado principalmente por el derrumbamiento económico de las cuentas.
En una sentencia en la que se analiza la demanda interpuesta por CCOO y trabajadores de la empresa de alquiler de coches Guerin Rent a Car, SLU contra los despidos del 38.75% de su plantilla, la Sala de lo Social considera probado que en los últimos 3 años la empresa demandada incurrió en una evolución negativa geométrica, perdiendo 18.817.475 euros.
Los magistrados recuerdan que para justificar el despido por concurrencia de situación económica negativa es necesario determinar también de qué modo influye en los contratos de trabajo que se pretenden extinguir y probar la adecuación de las medidas adoptadas para hacer frente a la nueva situación.
En el presente caso el desmoronamiento de la actividad económica de la empresa de alquiler de coches acredita que ya no está en condiciones de colocar en el mercado sus productos y servicios como lo hizo anteriormente; por consiguiente, según los jueces “los contratos extinguidos han dejado de tener virtualidad económica, que justifique razonablemente su mantenimiento”.
La sentencia puede ser recurrida en casación ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo
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