El Gobierno aprobó ayer la incompatibilidad
de las cesantías con cualquier tipo de retribución pública ó privada. Estas
cesantías, con las retribuciones a las cuales tienen derecho cuando cesan, determinados
altos cargos ó miembros del Gobierno, los presidentes de las cámaras y consejos
de organismos reguladores y los secretarios de Estado.
En cuanto a la incompatibilidad de estas cesantías
con cualquier tipo de retribución pública ó privada, señalar que aquellas
personas que las están percibiendo, en el momento de la entrada en vigor del
Real Decreto Ley aprobado por el Gobierno en Consejo de Ministros, tendrán,
igualmente, que optar entre ésta o la percepción de cualquier otra retribución
pública o privada o pensión de jubilación o retiro.
Por último señalar que estas cesantías
consistían en una retribución compensatoria del 80% de sus retribuciones cuando
estaban en activo, y se podían percibir durante un plazo de 24 mensualidades,
es decir, dos años.
Para más información:
Ministerio de Presidencia
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