La prestación por razón de necesidad, que es aquella que reciben los españoles que residen en el exterior, subirá este año 2011, un 2,3%. La prestación por razón de necesidad tiene como referencia directa las pensiones no contributivas que perciben los españoles que residen en nuestro país, ya que tienen el mismo objeto. De ahí que se tenga en cuenta cada año la revalorización que se haga de las mismas para fijar los incrementos de la prestación por razón de necesidad.
Anualmente, debe establecerse la base de cálculo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 8/2008, de 11 de enero (BOE de 24 de enero), por el que se regula la prestación económica por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y los retornados. La base de cálculo es el límite máximo de ingresos que se establece en cada país para acceder a las prestaciones económicas por razón de necesidad y, a la vez, es el importe máximo anual reconocido en caso de ausencia total de ingresos.
Para determinar la base de cálculo, se tienen en cuenta los indicadores económicos y de protección social del país de referencia. El importe de cada una de las bases de cálculo debe hacerse en consonancia con los datos económicos de los países de residencia y teniendo en cuenta en todo caso los ingresos declarados en 2010 por los beneficiarios. La renta per cápita, el salario mínimo interprofesional, el salario medio de un trabajador por cuenta ajena, así como la pensión mínima de carácter contributivo son considerados referencia fundamental para determinar el importe de las bases de cálculo en cada país.
Para más información:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.