viernes, 26 de enero de 2018

Novedades nueva ley de autónomos

Nueva ley de autónomos ¿qué medidas se aplican?

El pasado 25 de octubre de 2017 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. En ella se recogen novedades relativas a bonificaciones en la cuota de autónomos, deducciones fiscales, medidas para fomentar la contratación, sobre prevención de riesgos laborales y salud laboral del autónomo, etc.

Las principales novedades son:

La Tarifa Plana para nuevos autónomos aumenta su duración, pasando de los seis meses iniciales a un año, y manteniendo la cuota fija de 50 euros al mes.
Se podrá compatibilizar el cobro del 100 % de la pensión con la prolongación de la vida laboral para el empleo por cuenta propia, si se tiene contratado al menos a un trabajador por cuenta ajena.
Tarifa plana de 50 euros durante un año para madres autónomas que hayan  cesado su actividad, y que vuelvan a reemprender su negocio antes de dos años posteriores al cese.
Todos aquellos autónomos que se encuentren de descanso por maternidad-paternidad, adopción o debido a riesgos durante el embarazo, se podrán beneficiar de una bonificación del 100 % de la cuota de autónomos, cuando hasta ahora debían seguir pagándola.
Se facilita la contratación de hijos discapacitados de los autónomos.
La exención del 100 % de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores de 12 años a su cargo o familiares en situación de dependencia.
El aumento de la base mínima de cotización a la Seguridad Social de los autónomos societarios ya no está vinculado a la evolución del SMI (salario mínimo interprofesional).
Reconocimiento como accidente “in itinere” al que tenga lugar en la ida/vuelta al/del lugar de prestación del trabajo, siempre que este lugar de prestación de la actividad no sea coincidente  con el domicilio.
Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas pasan a considerarse de “utilidad pública”. Además, contarán con un año de plazo para entrar en el Consejo Económico Social (CES) y para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.
Las penalizaciones por retrasos en el pago de la cuota a la Seguridad Social, que actualmente suponen un recargo del 20%, se reducen a un recargo del 10% si se paga la deuda dentro del primer mes natural siguiente al del vencimiento del plazo de ingreso.
Se ampliará la oferta de cursos destinados a la formación de autónomos, ya que actualmente está muy limitada.
 De las medidas contempladas en el texto original, algunas se han prorrogado y otras han entrado en vigor el 1 de enero de 2018:

Bonificaciones en la contratación de familiares, pudiéndose beneficiar de una bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante 1 año si el autónomo mantiene su nivel de empleo.
Darse de alta y de baja en el RETA hasta tres veces en el mismo año pagando solo el tiempo que hayan trabajado. Esto es, sin que las bajas tomen efectos del último día del mes en que se produzcan.
Se ofrece a aquellos autónomos que reemprenden una actividad por cuenta propia la opción de volverse a beneficiar de la tarifa plana siempre y cuando hayan transcurrido tres años de baja en el Régimen Especial de Autónomos (RETA).
El autónomo que trabaje desde casa, previa notificación a Hacienda, podrá deducirse los recibos de suministros en el 30% del IRPF por la parte de la vivienda que se utiliza para desarrollar la actividad, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.
También podrán deducirse hasta 26,67 € diarios en concepto de gastos  de manutención en establecimientos de restitución y hostelería siempre que se paguen mediante medios electrónicos y que se disponga de factura.  Podrán deducirse 48,08 € si este gasto se produce en el extranjero.
Esta  nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo persigue  un aumento en la creación de empleo y un crecimiento del tejido empresarial español.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.