lunes, 29 de agosto de 2016

Becas y ayudas para alumnos con necesidad de apoyo educativo curso 2016 2017

Becas y ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, curso 2016/2017


El Ministerio de Educación ha abierto el plazo para el curso 2016/2017 de becas, ayudas y subsidios para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastorno grave de conducta.

Ayudas para programas complementarios a alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades.

Dichas becas y ayudas están dirigidas a los alumnos escolarizados en centros educativos españoles que acrediten la necesidad específica de recibir apoyo educativo y reúnan los requisitos establecidos. La cuantía a conceder tendrá distintos componentes, en función de los requisitos y circunstancias del solicitante.

El plazo de presentación es, desde el 8 de agosto de 2016, hasta el 29 de septiembre de 2016.

Para el caso de presentar necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta: certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o de un departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente. Para la emisión de este certificado se requerirá, a su vez:
Certificado de discapacidad o certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma, en los supuestos de discapacidad.
Diagnóstico clínico de los servicios sanitarios sostenidos con fondos públicos, en los supuestos de trastornos graves de conducta.
Si la unidad familiar superara los límites económicos establecidos en la convocatoria para las ayudas directas, pero tuviera la condición de familia numerosa, la unidad de becas que tramite su solicitud podrá proponer de oficio la concesión de subsidio; en ese caso, se requerirá presentar la documentación que demuestre dicha condición de familia numerosa a 31 de diciembre de 2015.

Para el caso de presentar necesidad de reeducación pedagógica o del lenguaje:
Certificación expedida por el inspector de la zona en la que se acredite la necesidad de recibir estos tratamientos por la inexistencia o insuficiencia de la atención pedagógica proporcionada por el centro en el que está escolarizado el alumno solicitante y la inviabilidad de matriculación del alumno solicitante en un centro que disponga del servicio de reeducación requerido.
Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación en el que se detalle la asistencia educativa y las horas semanales que se consideren necesarias para su corrección, así como, en su caso, las prestadas por el centro, la duración previsible de la misma y las condiciones que garanticen su prestación.
Memoria expedida por el centro o reeducador que preste el servicio en la que conste información detallada de las características del mismo, incluyendo número de horas semanales y especialista que lo presta así como del coste mensual.
Declaración responsable de la persona que imparta la reeducación pedagógica o del lenguaje.
Para el caso de presentar necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales:
Certificado o informe de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente en el que se detalle la asistencia y condiciones necesarias, así como el número de horas semanales y la duración de dicha asistencia.
Memoria expedida por el centro o el reeducador que preste el servicio en la que conste las características de dicho servicio, así como las horas semanales, el especialista que lo presta y el coste.

Presentación de la solicitud

Solicitantes con certificado reconocido de firma electrónica: a través del registro telemático del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, adjuntando un escaneado de los certificados correspondientes.
Solicitantes sin certificado reconocido de firma electrónica: imprimirán el modelo de solicitud y lo presentarán, una vez firmado por todos los miembros de la unidad familiar que deban hacerlo, en el centro educativo en el que se vayan a realizar los estudios durante el curso 2016/2017. La solicitud no se podrá tramitar si no se presentó en el centro de estudios dentro del plazo de presentación de solicitudes. Dicho centro de estudios proporcionará un comprobante sellado al solicitante, que le servirá de justificante de haber presentado la solicitud.
Téngase en cuenta que el solicitante debe limitarse a presentar la solicitud. Será la unidad de becas que tramita dicha solicitud la que determinará qué ayudas o subsidios le puedan corresponder, en función de la información y documentación de que disponga.

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