lunes, 13 de junio de 2016

Maternidad o paternidad y fin de contrato

Si mientras estás en maternidad o paternidad finaliza tu contrato esto es lo que debes saber


Vas a continuar percibiendo tu prestación económica de maternidad hasta finalizar el plazo de 16 semanas, o paternidad (de 13 días) hasta el alta médica o fin de esa situación, momento en que puedes solicitar la prestación o subsidio por desempleo en los 15 días hábiles siguientes.

La prestación por maternidad o paternidad la abona el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Requisitos

Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.
Encontrarse en situación legal de desempleo.
Estar inscrito y mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el periodo de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
Para acceder a la prestación contributiva hay que cotizar al desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. Si has cotizado menos, podrás tener derecho al subsidio por desempleo.
No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.
No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo compatibilidad establecida por un programa de fomento de empleo.
No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.

El plazo para presentar la solicitud de prestaciones es de 15 días hábiles a partir de finalizar el período de maternidad o de paternidad, a través de:

La sede electrónica del SEPE
En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE)
En cualquier oficina de registro público
Por correo administrativo.

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