lunes, 25 de enero de 2016

Acreditar y Presentar documentación prestación por desempleo

¿Qué ocurre con mi prestación si no puedo presentar o acreditar toda la documentación en el plazo establecido?

Con carácter general, debe presentar la solicitud de la prestación o subsidio en los quince días hábiles siguientes a la fecha de extinción de la relación laboral, con cese efectivo en el trabajo, o a la fecha del hecho causante del subsidio (salvo cuando se acceda al subsidio en los casos de agotamiento de la prestación, liberados de prisión, emigrantes retornados, tras un expediente de revisión de invalidez o mayores de 55 años; en los que deberá figurar inscrito como demandante de empleo durante el plazo de espera de un mes). 

Puede presentar la solicitud aunque no disponga de toda la documentación necesaria. La oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se la recogerá y registrará su fecha de entrada y le entregará un escrito en el que se detallan los documentos que le faltan, concediéndole un nuevo plazo de 15 días para aportarlos. Si no entrega la documentación que se le ha reclamado en el plazo indicado para hacerlo, su solicitud quedará archivada. Recibirá entonces una resolución declarando tal archivo, contra la que podrá formular reclamación previa a la vía jurisdiccional. Una vez declarado el archivo, podría volver a solicitar la prestación si el derecho no hubiera prescrito por transcurso del tiempo.

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