domingo, 12 de diciembre de 2010

Documentación necesaria para pedir la prestación por desempleo

Documentación para pedir el paro : Documentos necesarios para pedir la prestación por desempleo

Los trabajadores deberán solicitar la prestación de desempleo en la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal que les corresponda por su domicilio, aportando los siguientes documentos para solicitar la prestación por desempleo:

- Solicitud de la prestación en modelo normalizado que incorpora la adhesión al compromiso de actividad, los datos de domiciliación bancaria, la declaración de los hijos a cargo y sus rentas y autorización para recabar información tributaria de estos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. El modelo de solicitud normalizado está disponible en la oficina de empleo y en REDTRABAJ@
- Documentos personales de identificación: DNI para los trabajadores españoles y pasaporte o tarjeta de identidad para trabajadores extranjeros.
- Certificado de empresa, que será facilitado por la empresa o empresas en las que ha trabajado en los últimos seis meses. Actualmente se está utilizando por la mayoría de las empresas el programa certific@ para la remisión vía electrónica de los certificados de empresa. En eses casos, la oficina de empleo accederá al certificado pero no se lo facilitará al trabajador que lo podrá obtener dentro del programa redtrabaj@.

- Sólo en aquellas situaciones en el que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo, el documento acreditativo que corresponda, como por ejemplo sentencia judicial determinando la extinción del contrato de trabajo o acta de conciliación.
- Sólo si la empresa no estuviera integrada en el sistema de Remisión Electrónica de Documentos (RED) de la Tesorería General de la Seguridad Social, copia de los documentos oficiales de cotización correspondientes a los últimos 180 días cotizados.(los tc2 o tc1).
- Sólo si tuviera hijos a cargo libro de familia o documento equivalente en caso de extranjeros, con indicación de los D.N.I. o documentos identificativos de los mayores de 16 años.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.