domingo, 12 de diciembre de 2010

Certificados de profesionalidad, el Gobierno modifica el Real Decreto que los regula

Los certificados de profesionalidad han visto como en la pasada reunión del Consejo de Ministros celebrada el pasado viernes día 10 de diciembre, éste Consejo modificó el Real Decreto por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los Reales Decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad de distintas familias profesionales que se incluyen en el Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad. Esta decisión se enmarca dentro del proceso de reforma de las políticas activas de empleo que está acometiendo el Gobierno en el que la formación para el empleo ocupa un lugar central

Estas modificaciones en el Real Decreto que regula los certificados de profesionalidad, tienen como objetivo, facilitar su implantación y facilitar el desarrollo de dichos certificados.

Este proceso normativo busca solventar determinados problemas detectados antes de proceder a la aprobación de nuevos Reales Decretos que regulen los certificados de profesionalidad pendientes de implantación, así como favorecer una gestión eficaz de su implementación y el desarrollo de la acreditación de las competencias profesionales a adquirir.

Entre otros aspectos, se flexibilizan los requisitos tanto para el acceso de los alumnos como para la impartición del módulo de formación práctica en centros de trabajo. En relación con este último aspecto, y con objeto de dotar de la adecuada financiación su realización, se establece una subvención específica para cubrir los costes del tutor de dicho módulo.

También se amplía a 5 años el plazo de solicitud de expedición de los certificados derogados o se permite la acreditación provisional de centros ya acreditados respecto a certificados de profesionalidad que hayan sido derogados, a fin de posibilitar la impartición de acciones formativas en especialidades correspondientes nuevos certificados de profesionalidad declarados equivalentes.

Esta norma hará posible la aprobación de los Reales Decretos que establecen 159 nuevos certificados de profesionalidad, a fin de avanzar en la configuración completa del Repertorio de Certificados de Profesionalidad.

Indicar que los certificados de profesionalidad acreditan con carácter oficial las competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral. Se trata, por tanto, de proporcionar a los trabajadores la formación requerida por el sistema productivo y acercar los certificados a la realidad del mercado laboral.

Estos certificados se obtienen, por una parte, tras superar los módulos formativos que integran el certificado de profesionalidad y, por otra, mediante los procedimientos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, y constituyen un instrumento de acreditación de competencias para el desarrollo de una actividad laboral, de ahí su importancia, y la importancia que les quiere dar el Gobierno.

Para más información:
Ministerio de Trabajo e Inmigración

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