La reforma laboral hoy por fin se ha aprobado en el Congreso de los Diputados definitivamente, tras muchas negociaciones. Al final la reforma se ha aprobado, gracias a los votos a favor del Grupo Parlamentario Socialista y a la abstención del PNV.
Hay que indicar que esta reforma laboral aprobada hoy, ha introducido algunas modificaciones con respecto a la propuesta inicial de reforma laboral y al decreto de la reforma laboral aprobado con anterioridad por el Consejo de Ministros. Éstas modificaciones son fruto de la aceptación por parte del Congreso de un total de 24 enmiendas que se incorporaron en el Senado. De estas 24 enmiendas una es del BNG, la referida a que la prestación por desempleo parcial se calcule por horas y no por días y que sea equivalente a la de la reducción de la jornada autorizada y las otras 23 restantes habían sido introducidas por el PSOE, el cual ha sacado adelante una de sus propuestas más controvertidas, y es la referida a la reducción del 'periodo de gracia' a los parados, que pasa de 100 a 30 días, que serán los que dispondrán ahora los parados para poder rechazar cursos de formación sin ser penalizados.
Además también se introducen en esta reforma aprobada hoy, modificaciones en el marco de la intermediación laboral de las empresas de trabajo temporal y las nuevas agencias de colocación, que colaborarán con el INEM.
También señalar que al final las otro tema de polémica como las causas del despido objetivo por causas económicas, se mantiene según la posición del PSOE, así estos despidos tendrán una indemnización de 20 días, y su justificación podrá realizarse por pérdidas "actuales o previstas" o la "disminución persistente del nivel de ingresos", en este caso en concreto, se ha suprimido un “;”, con respecto al texto salido del Senado, y que había introducido CIU, puesto que al parecer ese punto y coma, podía ampliar ó desvirtuar los supuestos en los cuales podría darse esta clase de despido.
Por último indicar que el despido objetivo por causas de absentismo laboral, queda fijado en límite del 20% de las jornadas hábiles durante dos meses consecutivos, o el 25% a lo largo de cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de un año, siempre que la media de la plantilla no supere el 2,5%. Este punto también sufre una modificación puesto que se elimina una enmienda introducida en el Senado por el PNV, que suprimía este mínimo de la media de la plantilla.
En resumen una reforma laboral, que ya nace mal, puesto que primero se ha aprobado sólo con los votos del partido mayoritario, y no mediante el mayor consenso posible, al tratarse de un tema tan fundamental, según todos los expertos para el futuro de nuestra economía y competitividad laboral, además del empleo. Y segundo también nace mal, puesto que ya a las primeras de cambio, nace con una convocatoria de huelga general para el próximo día 29 de septiembre, en fin el tiempo dará y quitará razones.
Hay que indicar que esta reforma laboral aprobada hoy, ha introducido algunas modificaciones con respecto a la propuesta inicial de reforma laboral y al decreto de la reforma laboral aprobado con anterioridad por el Consejo de Ministros. Éstas modificaciones son fruto de la aceptación por parte del Congreso de un total de 24 enmiendas que se incorporaron en el Senado. De estas 24 enmiendas una es del BNG, la referida a que la prestación por desempleo parcial se calcule por horas y no por días y que sea equivalente a la de la reducción de la jornada autorizada y las otras 23 restantes habían sido introducidas por el PSOE, el cual ha sacado adelante una de sus propuestas más controvertidas, y es la referida a la reducción del 'periodo de gracia' a los parados, que pasa de 100 a 30 días, que serán los que dispondrán ahora los parados para poder rechazar cursos de formación sin ser penalizados.
Además también se introducen en esta reforma aprobada hoy, modificaciones en el marco de la intermediación laboral de las empresas de trabajo temporal y las nuevas agencias de colocación, que colaborarán con el INEM.
También señalar que al final las otro tema de polémica como las causas del despido objetivo por causas económicas, se mantiene según la posición del PSOE, así estos despidos tendrán una indemnización de 20 días, y su justificación podrá realizarse por pérdidas "actuales o previstas" o la "disminución persistente del nivel de ingresos", en este caso en concreto, se ha suprimido un “;”, con respecto al texto salido del Senado, y que había introducido CIU, puesto que al parecer ese punto y coma, podía ampliar ó desvirtuar los supuestos en los cuales podría darse esta clase de despido.
Por último indicar que el despido objetivo por causas de absentismo laboral, queda fijado en límite del 20% de las jornadas hábiles durante dos meses consecutivos, o el 25% a lo largo de cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de un año, siempre que la media de la plantilla no supere el 2,5%. Este punto también sufre una modificación puesto que se elimina una enmienda introducida en el Senado por el PNV, que suprimía este mínimo de la media de la plantilla.
En resumen una reforma laboral, que ya nace mal, puesto que primero se ha aprobado sólo con los votos del partido mayoritario, y no mediante el mayor consenso posible, al tratarse de un tema tan fundamental, según todos los expertos para el futuro de nuestra economía y competitividad laboral, además del empleo. Y segundo también nace mal, puesto que ya a las primeras de cambio, nace con una convocatoria de huelga general para el próximo día 29 de septiembre, en fin el tiempo dará y quitará razones.
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