domingo, 29 de agosto de 2010

Paro autónomos, causas para percibirlo

El paro para los autónomos es un logro que se ha materializado con la Lei 32/2010 de 5 de agosto, en esta ley se establecen un sistema específico de protección en caso de cese de la actividad de los trabajadores autónomos.

Así las causas que justificarán que un autónomo pueda percibir una prestación por desempleo, es decir, cobrar su paro, para lo cual deberá justificar que se trata de un cese de su actividad involuntario, serán las siguientes:

1.- En primer lugar motivos económicos, entendiendo como tales los siguientes:
a) Pérdidas superiores al 30% de los ingresos en un año ó superiores al 20% en los dos años consecutivos.
b) Ejecuciones judiciales por deudas
c) Declaración judicial de concurso, que lleve aparejado la imposibilidad de continuar la actividad
2.- Causas de fuerza de mayor, como podrían ser por ejemplo un incendio ó destrucción de su centro de trabajo.
3.- Pérdida de la licencia administrativa que impida el ejercicio de la actividad.
4.- Por motivos de violencia de género, divorcio ó acuerdo de separación matrimonial.
5.- En caso de TRADE (Autónomo económicamente dependiente, es decir, que el 70% de su facturación es con una misma empresa), con contrato registrado, por conclusión del contrato suscrito con el cliente.

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