viernes, 3 de abril de 2020

Quién me paga en el ERTE, a qué tengo derecho, cuanto tiempo ?

He sido incluido en un ERTE de reducción de jornada derivado de la crisis del coronavirus porque la empresa suspendió toda su actividad desde el día 16 de marzo al haber un contagiado. ¿Quién me va a pagar los días desde que dejé de trabajar hasta que se apruebe el ERTE?

Si la autoridad laboral constata dicho supuesto de fuerza mayor, percibirá prestación contributiva por desempleo desde el mismo día en que dejó de trabajar.

Como consecuencia de la crisis del coronavirus he sido incluido en un ERTE por mi empresa. ¿Hasta cuándo cobraré el paro?
Lo cobrará mientras dure la suspensión del contrato de trabajo o la reducción temporal de la jornada de trabajo.

Voy a ser incluido en un ERTE derivado de la crisis del coronavirus. ¿Desde qué fecha cobraré desempleo?
Desde el día siguiente a aquél en el que el empresario haya adoptado la decisión de suspenderle el contrato o reducirle la jornada, si la medida se adopta como consecuencia de causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Si la medida se adopta por concurrir fuerza mayor, y así se ha constatado por la autoridad laboral, cobrará el desempleo desde el día siguiente a aquél en el que haya tenido lugar el hecho causante de la fuerza mayor.

Voy a ser incluido en un ERTE por una empresa en la que llevo trabajando menos de 180 días. ¿Se tendrán en cuenta los trabajos anteriores para calcular la cuantía de la prestación?
No, su base reguladora será el promedio de las bases del periodo inferior a 180 días que ha trabajado al amparo de la relación laboral suspendida o reducida como consecuencia del COVID-19.

Mientras cobro la prestación por desempleo por ERTE por crisis Covid-19 ¿podría trabajar a tiempo parcial o completo en otra empresa? ¿Cómo afectaría esto a la cuantía que perciba de prestación?
En el supuesto de que empezara a trabajar a tiempo completo se suspendería la prestación contributiva por incompatibilidad. Si el trabajo que iniciara fuese a tiempo parcial, tendría posibilidad de compatibilizarlo, deduciendo de la cuantía a percibir la parte proporcional correspondiente a este nuevo trabajo.

Fui incluido en un ERTE de reducción de jornada por el coronavirus el día 20 de marzo, pero me han comunicado ahora que desde el lunes 30 de marzo se suspende toda la actividad de mi empresa. ¿Quién me va a pagar los días que no trabaje, el SEPE o la empresa?
Si por las horas que todavía trabajaba le conceden un permiso retribuido recuperable, será la empresa la responsable de abonarle el salario correspondiente a las mismas, y usted tendrá que recuperar esas horas de trabajo antes de finalizar el año. El  SEPE le abonará las prestaciones que corresponden a las horas no trabajadas en aplicación de la reducción de jornada que le hicieron.

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