Estoy cobrando paro y me traslado al extranjero no más de 15 días
Una situación muy frecuente cuando viajamos al extranjero por una pequeña y breve visita familiar
Si estás cobrando prestación contributiva, subsidio por desempleo o la Renta Activa de Inserción, y te trasladas al extranjero por cualquier causa, si la salida no es superior a 15 días naturales, por una sola vez cada año, la prestación se mantiene siempre que puedas cumplir con las obligaciones establecidas en la ley.
Es conveniente que comuniques al Servicio Público de Empleo Estatal la salida antes de producirse.
A la vuelta del extranjero debes presentarte en la oficina de empleo, el primer día hábil siguiente a tu regreso.
lunes, 28 de noviembre de 2016
Estoy cobrando el paro y me voy 15 días al extranjero
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