martes, 17 de mayo de 2016

Pago acumulado paro para regresar a tu país

Duración y cuantía del pago acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo

Si eres extranjera o extranjero no comunitario y quieres regresar a tu país, conoce cuáles son los requisitos y la información necesaria para poder cobrar el pago acumulado y anticipado de la prestación contributiva por desempleo

Podrás recibir el importe anticipado y acumulado correspondiente a los días de derecho de la prestación por desempleo de nivel contributivo que te correspondan o que te resten de percibir en el momento de la solicitud de la medida.

El pago se efectuará en dos plazos:

El 40 % del importe en España, una vez reconocido el derecho.
El 60 % del importe restante en tu país de origen, transcurrido el plazo de 30 días naturales desde la fecha del primer pago abonado en España y en el plazo máximo de 90 días desde aquél.
Para recibir este abono, deberás comparecer personalmente en la representación diplomática o consular española en el país de origen para acreditar tu retorno al mismo. En dicho momento deberás proceder a la entrega de la Tarjeta de Identidad de Extranjero de la que eres titular.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) realizará este pago a partir de que le sea comunicada dicha comparecencia en la representación diplomática o consular por la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

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