jueves, 15 de octubre de 2015

Compatibilidad de prestacion contributiva con alta en autónomos.

La Compatibilidad de prestacion contributiva con alta en autónomos.


La entrada en vigor de la ley 31/2015 de 9 de septiembre el día 10 de octubre supone incrementar las ayudas al autoempleo que existían hasta el día de hoy.

Aunque esta posibilidad ya estaba contemplada anteriormente, solo era posible para los menores de 30 años, esta ley la hace extensiva a todos los trabajadores, con independencia de su edad.

 Los requisitos que se exigen para hacer efectiva esta compatilización son:


Ser beneficiario de la prestación de nivel contributivo.
                        . Solicitar la compatibilidad en 15 días desde el inicio de la actividad.

                        . Iniciar una actividad por cuenta propia en autónomos, incorporarse como socio a una SL de nueva creación o como socio trabajador en una cooperativa de trabajo asociado de nueva creación.
                        . Que hayan cesado total y definitivamente en su actividad laboral( no tendrán derecho los que compatibilicen con un contrato a tiempo parcial, los fijos discontinuos, o trabajadores en ERE de suspensión o reducción).


La prestación económica a la que tienen derecho será el 100% de la cuantía neta que le corresponda, sin descuentos de IRPF, ni de Seguridad Social, con los cambios que le afecten segúnel tramo en el que esté (70% o 50%),  durante un máximo de 9 meses

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