Mediante la Orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre, por la que se
modifica el anexo de la Orden de 27 de diciembre de 1994, se aprueba el modelo
de recibo individual de salarios.
Indicar que esta orden tiene por
objeto aprobar un nuevo modelo de recibo individual justificativo del pago de
salarios, para dar cumplimiento específicamente a lo previsto en el segundo
párrafo del artículo 104.2 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, aprobado porel Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de
junio, que fue añadido, con efectos de 1 de enero de 2013, por la disposición
adicional vigésima sexta de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre
actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
El referido artículo 104.2 de la
Ley General de la Seguridad Social determina lo siguiente:
«El empresario descontará a sus
trabajadores, en el momento de hacerles efectivas sus retribuciones, la
aportación que corresponda a cada uno de ellos. Si no efectuase el descuento en
dicho momento no podrá realizarlo con posterioridad, quedando obligado a
ingresar la totalidad de las cuotas a su exclusivo cargo.
En los justificantes de pago de dichas
retribuciones, el empresario deberá informar a los trabajadores de la cuantía
total de la cotización a la Seguridad Social indicando, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 103.2, la parte de la cotización que corresponde a
la aportación del empresario y la parte correspondiente al trabajador, en los
términos que reglamentariamente se determinen.»
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