Las ayudas para los emprendedores que creen empleo en Madrid contará con una dotación de 27,4 millones de euros, que son los que ha acordado destinar a este tipo de ayudas la Comunidad de Madrid.
Así la Comunidad de Madrid destinará esta cantidad para la compensación de cuotas de la Seguridad Social que deben pagar los empresarios que contraten a un desempleado o prorroguen contratos ya existentes. Los contratos deberán haberse hecho o prorrogado entre el 1 de enero de 2012 y el 30 de abril de 2013.
Serán subvencionables las cuotas empresariales a la Seguridad Social de los nuevos contratos de trabajo o de las prórrogas de contratos de trabajo celebrados a jornada completa, o a jornada parcial igual o superior al 75% de la jornada ordinaria. Se aplicarán las siguientes bonificaciones: 80 euros por mes completo del contrato o prórroga cuando su duración sea de tres a cuatro meses; 120 euros por mes cuando sean de cinco a seis meses; y 160 euros por mes para contratos o prórrogas superiores a seis meses. El máximo número de meses compensables es de 18.
Esto significa que, por ejemplo, un emprendedor que contrate o prorrogue el contrato de cinco personas durante 18 meses contará con una compensación total de cuotas de 14.400 euros.
Se calcula que en torno a 17.500 empresarios madrileños se beneficiarán de esta medida, encaminada a la creación de empleo y el fomento de la estabilidad laboral. Con ella un empresario podrá ahorrarse, en función de la duración del contrato, entre 240 y 2.880 euros por trabajador.
Los beneficiarios de la subvención deberán presentar la solicitud en plazo (hasta el 10 de diciembre) y cumplir los siguientes requisitos: estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y tener el domicilio social y fiscal en la Comunidad de Madrid.
El pago de la ayuda estará condicionado a que el beneficiario acredite la realización de la contratación subvencionada mediante la presentación de la correspondiente documentación justificativa (incluyendo los contratos y prórrogas realizados).
Podrán acogerse a estas ayudas trabajadores autónomos y personal que trabaje por cuenta propia, así como empresas de hasta 50 trabajadores, obteniendo una bonificación máxima global de 14.400 euros.
Indicar que tras el visto bueno del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, la orden que regula las ayudas se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, y los interesados podrán solicitar las bonificaciones desde el momento de su publicación y como ya hemos indicado hasta el próximo 10 de diciembre a través de www.madrid.org o presentando la documentación requerida en un registro oficial.
Para más información:
Comunidad de Madrid
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