jueves, 26 de mayo de 2011

Reclamación prestaciones por desempleo

Reclamación prestaciones por desempleo : ¿cómo reclamar si no se está conforme con una prestación por desempleo?

Tras solicitar una prestación o solicitud por desempleo el ciudadano puede no estar conforme, o bien porque se le deniega un derecho que cree tener, bien porque no está conforme con el derecho que se le ha reconocido. Para poder reclamar un derecho a desempleo en vía judicial tras su concesión es necesario interponer una RECLAMACIÓN PREVIA a la vía judicial.

En términos prácticos se traduce en la presentación de un escrito con la identificación del solicitante donde se indiquen los puntos en los que no se está de acuerdo, acompañando la solcitud de toda aquella documentacíón que el interesado considere necesaria para que la administración entre a valorar de nuevo la concesión del derecho.

En el ámbito del SPEE no se exige la presentación de un escrito normalizado, sino que se permite cualquier tipo de escrito que será valorado por el superior jerárquico del órgano que resolvió, es decir, si las prestaciones se valorar en las oficinas de empleo donde se solicitan, las reclamaciones previas son valoradas por la sección correspondiente de la dirección provincial donde se presenta la reclamación.

Si tras la presentación de la reclamación previa el interesado no obtiene un resultado para él positivo tendrá que acudir a los juzgados de lo social para interponer una demanda, cuyos términos y requisitos vienen recogidos en la Ley de procedimiento laboral, ya que el artículo 2 de esa ley establece que será de aplicación a las custiones litigiosas en materia de Seguridad Social, incluída la protección por desempleo.

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