miércoles, 16 de febrero de 2011

Normativa programa recualificación profesional

Normativa programa recualificación profesional 2011
Ayuda 400 euros: beneficiarios de la ayuda, exclusiones, requisitos, plazos de solicitud y como solicitar la ayuda

Información completa y normativa del Real Decreto Ley de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas publicado en el BOE del 12 de febrero cuya vigencia es de 6 meses desde su entrada en vigor incluye:

1. Realización de un itinerario individual y personalizado de inserción.


2. Participación activa en acciones de recualificación y/o inserción profesional.


3. Ayuda económica de acompañamiento del 75% del IPREM mensual hasta un máximo de 6 meses.

Beneficiarios : desempleados inscritos en las Oficinas de Empleo que, a partir del 16 de febrero de 2011 hasta el 15 de agosto de 2011:

Ø Agoten la prestación por desempleo de nivel contributivo y no tengan derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo establecidos en la ley, o bien agoten alguno de estos subsidios, incluidas sus prórrogas.

Ø Carezcan de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75% del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias

Exclusiones:

Quienes hubeiran percibido el PRODI

Quienes agotaran o pudieran tener derecho a la RAI

- Quienes hubieran agotado la renta agraria o el subsidio por desempleo, ambos a favor de los trabajadores eventuales del Régimen Espacial Agrario de la Seguridad Social

Solicitudes:

1. La persona interesada deberá acudir a la oficina de empleo del Servicio Público de Empleo de su Comunidad Autónoma para ser incorporada en un itinerario individual y personalizado de inserción.
2.Una vez iniciado el itinerario individual y personalizado de inserción podrá solicitar, en la Oficina de Prestaciones del SPEE, la ayuda económica de acompañamiento que estará condicionada a la participación efectiva en las acciones incluidas en el itinerario.
Plazos de solicitud :

Plazo máximo de dos meses desde la fecha en la que se haya agotado el derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo.

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