El Salario mínimo en España es injusto
Según un informe europeo el SMI 2011 en España es injusto. El Consejo de Europa considera que el salario mínimo interprofesional en España, que en 2009 era de 624 euros, es "manifiestamente injusto" e "insuficiente" y no cumple con los requisitos recogidos en la Carta Social Europea, que España ratificó en 1980, según el informe anual realizado por el Comité Europeo de Derechos Sociales de la institución.
Todo ello se relaciona con el anuncio hecho por el Gobierno en que pretende subir el salario mínimo interprofesional (SMI) un 1% para 2011, con lo que se situaría en unos 639,66 euros mensuales, frente a los 633,33 euros actuales. Los sindicatos querían que el SMI se situara en unos 680 euros al mes, es decir, 40 euros más de lo que plantea el Ejecutivo. Aunque no hay nada decido por ahora, la diferencia es grande entre lo propuesto por el Gobierno y lo que piden los sindicatos.
"El Comité concluye que la situación en España no es conforme con el artículo 4.1 de la Carta debido a que el salario mínimo es manifiestamente injusto", explica la institución en su estudio. El Consejero de Europa recuerda que en su anterior informe ya advirtió de que el salario mínimo en España era "manifiestamente insuficiente", dado que cayó por debajo del umbral del 60% respecto al salario medio.
Además, considera que, a pesar del incremento del salario mínimo, la situación no ha variado y el nivel del salario mínimo sigue siendo "muy bajo e injusto". Asimismo, la institución reprocha al Gobierno español que no haya facilitado a la institución, tal como le reclamó en el informe de 2009, los datos netos del salario mínimo y del salario medio.
El informe sí aplaude, en cambio, que la ley orgánica 3/2007 de 22 de marzo de 2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres impide que coincidan las vacaciones anuales con situaciones de maternidad, parto o lactancia.
El Comité lamenta que la "remuneración mayor por las horas suplementarias" sólo alcance al 54,83 por ciento de los convenios colectivos, que afectan al 49,35% de los trabajadores. Las cifras son de 2007, pero no hay información sobre cambio alguno.
Tampoco ha habido cambios respecto al informe de 2007 en lo que se refiere a los preavisos por cese del empleo. No se ajusta a la Carta que los contratos inferiores a un año se puedan extinguir anticipadamente sin aviso previo y los superiores al año, con 15 días de antelación.
El último incumplimiento que señala el grupo de expertos se refiere al derecho sindical, ya que "no se ha probado que los representantes de los sindicatos menos representativos tengan acceso a los lugares de trabajo".
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