jueves, 18 de marzo de 2010

Ayudas contratación mayores 45 años Comunidad Valenciana

Ayudas a la contratación indefinida inicial de: jóvenes, mujeres, mayores de 45 años y parados de larga duración (Programa de Fomento del Empleo Estable) para el ejercicio 2010 (Servef).

¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
En calidad de empleadoras: Las empresas, cualesquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, que concierten los contratos subvencionables para su ejecución exclusiva en centros de trabajo radicados en dicha Comunitat.
Requisitos
a) No estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en el artículo 13 apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves, de conformidad con lo previsto en el artículo 46.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000 (BOE 8/8/2000), sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

c) Estar inscritas como personas o entidades empleadoras en los regímenes de la Seguridad Social en los que exista afiliación de trabajadores por cuenta ajena.d) No haber realizado extinciones de contratos de trabajo por causas disciplinarias u objetivas declaradas improcedentes por sentencia judicial firme, o en virtud de despido colectivo, en los 12 meses anteriores a la solicitud de la ayuda.

EXCLUSIONES En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas,las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas.

Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro
CUANTÍA:

A) PROGRAMA DE EMPLEO ESTABLE PARA JOVENES Las ayudas que se establecen en el presente Programa están dirigidas a subvencionar contratos indefinidos directos que se formalicen desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2010 con jóvenes desempleados menores de 30 años inscritos en el correspondiente centro SERVEF de la Generalitat y consisten consisten en una subvención por la contratación indefinida inicial, a jornada completa, por importe de 4.000 euros, y 5.000 en el caso de las mujeres. En el caso de contratos fijos discontinuos, el importe de las ayudas ascenderá a 1.000 euros, y 1.250 en el caso de las mujeres. Si el contrato se celebrase a jornada parcial y con una duración mínima de 20 horas semanales, dichos incentivos se prorratearán en proporción al tiempo de trabajo efectivo. En el caso de contrataciones de jóvenes como personal investigador para el desarrollo de programas de I+D en el seno de la empresa, contrataciones ligadas a la atención de personas mayores y dependientes, contrataciones vinculadas directamente al ejercicio de titulaciones oficiales que pertenezcan a las áreas de conocimiento de informática, telecomunicaciones, medio ambiente o prevención de riesgos laborales,o en las contrataciones de jóvenes menores de 25 años que provengan de centros de protección de menores bajo tutela de la Generalitat ,se incrementará en un 30% el importe de la ayuda establecido en el párrafo anterior.

B) PROGRAMA EMPLEO ESTABLE PARA LA MUJER Ayudas por la contratación indefinida inicial de la mujer que se produzca desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2010.

1.- Ayudas a la contratación indefinida a tiempo completo:

1.1. Por cada contrato indefinido inicial a jornada completa una subvención de 5.000 euros.

1.2. La cuantía de la ayuda establecida en el epígrafe anterior se incrementará en 600 euros por contrato formalizado en los siguientes supuestos:

a) Cuando la empresa contratante acredite la puesta en marcha de un plan de igualdad de oportunidades.

b) Cuando la contratación se produzca en un sector de actividad en los que la mujer se encuentra subrepresentada de conformidad con la dispuesto en Orden de 16 de septiembre de 1998 para el fomento del empleo estable de mujeres en las profesiones y ocupaciones con menor índice de empleo femenino (B.O.E. 29-09-1998) o con la norma vigente en la materia en el momento de la contratación.

c) Cuando la empresa contratante acredite la prestación de servicios de guardería para las trabajadoras, ya sea mediante instalaciones propias o a través de cofinanciación directa a los trabajadores que hagan uso de este servicio para la atención de sus hijos menores de 3 años durante la jornada laboral.

1.3. En el caso de contrataciones de mujeres como personal investigador para el desarrollo de programas de I+D en el seno de la empresa, contrataciones ligadas a la atención de personas mayores y dependientes, o contrataciones vinculadas directamente al ejercicio de titulaciones oficiales que pertenezcan a las áreas de conocimiento de informática, telecomunicaciones, medio ambiente o prevención de riesgos laborales, se incrementará en un 30 % el importe de la ayuda establecido en el epígrafe 1.1.

2.- . Ayudas a la contratación indefinida inicial a tiempo parcial:

- Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales a tiempo parcial, con una duración mínima de 20 horas semanales. Las ayudas consisten en una subvención de 3.000 euros por el primer contrato suscrito y de 4.000 euros para el segundo contrato. Para el tercer y ulteriores contratos suscritos por la misma empresa con otras desempleadas, la subvención anterior será de 5.000 euros por contrato.

- Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales de carácter fijo discontinuo. Las ayudas consisten en una subvención de 1.250 euros por cada contrato formalizado con derecho a la misma. Los importes de estas ayudas se incrementarán en un 30% en el caso de contrataciones de mujeres como personal investigador para el desarrollo de programas de I+D en el seno de la empresa, contrataciones ligadas a la atención de personas mayores y dependientes, o contrataciones vinculadas directamente al ejercicio de titulaciones oficiales que pertenezcan a las áreas de conocimiento de informática, telecomunicaciones, medio ambiente o prevención de riesgos laborales.

C) PROGRAMA DE EMPLEO ESTABLE PARA MAYORES DE 45 AÑOS Y PARADOS DE LARGA DURACION

Las ayudas que se establecen en el presente Programa están dirigidas a subvencionar contratos indefinidos que se formalicen desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2010 con mayores de 45 años y parados de larga duración, inscritos en el correspondiente centro SERVEF consisten en:

1.- Ayudas a la contratación indefinida a jornada completa: La ayuda por cada contrato indefinido a jornada completa ascenderá a 4.000 euros y 5.000 en el caso de las mujeres.

2.- El importe de la ayuda en el caso de contrataciones fijas discontinuas a jornada completa ascenderá a 1.000 euros; 1.250 euros en el caso de mujeres.

3.-Los contratos a tiempo parcial serán subvencionables siempre que tengan una duración de al menos 20 horas semanales, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda

4.- En el caso de contrataciones de mayores de 45 años y parados de larga duración como personal investigador para el desarrollo de programas de I+D en el seno de la empresa, contrataciones ligadas a la atención de personas mayores y dependientes, o contrataciones vinculadas directamente al ejercicio de titulaciones oficiales que pertenezcan a las áreas de conocimiento de informática, telecomunicaciones, medio ambiente o prevención de riesgos laborales, se incrementará el importe de la ayuda en un 30%.

PAGO: La liquidación de las ayudas se efectuará una vez cumplidos y justificados documentalmente los requisitos establecidos, librándose de una sola vez el importe de la ayuda reconocida a cada beneficiario. No obstante, dichas ayudas quedan condicionadas a la existencia de crédito suficiente.


¿Cuándo solicitarlo? Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 6200 de 05/02/2010, hasta el 30 de septiembre de 2010. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses siguientes a la fecha en que se efectúe la contratación objeto de la ayuda. Para las contrataciones formalizadas en el periodo del ejercicio 2010 previo a la publicación de la presente convocatoria, el cómputo del plazo de dos meses se iniciará a partir del día siguiente a dicha publicación.

Información completa de procedimiento de presentación, documentación a presentar, recursos e información complementaria en:

http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=3037#2

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