Ayuda 420 euros para desempleados
Tras la aprobación del 13 de Agosto de 2009 por el Ministerio de Trabajo del Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción popularmente conocido como Prodi, que facilitará cobertura económica a desempleados que agoten su prestación o subsidio y carezcan de rentas superiores al 75% del SMI los desempleados que agoten sus prestaciones o subsidios y tengan rentas inferiores al 75% del SMI podrán percibir una ayuda de 420 euros al mes.
Para solicitar dicha ayuda se dispone de dos meses desde el momento que hayan agotado su prestación.
Con objeto de mejorar sus posibilidades de empleo, los beneficiarios deberán suscribir un compromiso de participación en itinerarios activos de inserción.
El Programa, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, tiene una vigencia de seis meses, prorrogables por periodos de seis meses. La financiación de la prestación, estimada en 642 millones de euros, correrá a cargo de los presupuestos del Servicio Público de Empleo Estatal, mientras las Comunidades Autónomas financiarán las acciones incluidas en los itinerarios de empleo.
El Programa se dirige a aquellas personas desempleadas que habiendo agotado la prestación contributiva por desempleo o el subsidio por desempleo, incluidas las prórrogas, carezcan de rentas superiores a 468 euros mensuales en 2009 y adquieran el compromiso de participar en un itinerario activo de inserción laboral.
No podrán beneficiarse del Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción los trabajadores:
- Que agoten un subsidio para mayores de 52 años
- Los que tengan la condición de fijos-discontinuos que agoten la prestación por desempleo o subsidio durante los periodos de inactividad productiva.
- Que agoten la prestación por desempleo o subsidios durante la suspensión de la relación laboral o la reducción de la jornada de trabajo en virtud de Expedientes de Regulación de Empleo.
- Que agoten el subsidio agrario, la renta agraria o la Renta Activa de Inserción.
- Que agoten un subsidio para mayores de 52 años
- Los que tengan la condición de fijos-discontinuos que agoten la prestación por desempleo o subsidio durante los periodos de inactividad productiva.
- Que agoten la prestación por desempleo o subsidios durante la suspensión de la relación laboral o la reducción de la jornada de trabajo en virtud de Expedientes de Regulación de Empleo.
- Que agoten el subsidio agrario, la renta agraria o la Renta Activa de Inserción.
La duración máxima de la prestación por desempleo extraordinaria es de 180 días y su cuantía es de 421,79 euros mensuales, cantidad que se actualizará anualmente y que se comienza a devengar desde el día siguiente a aquél en que se solicita y su percepción es mensual.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.