viernes, 9 de octubre de 2009

Subsidio para emigrantes retornados

Subsidio para emigrantes retornados en el Servicio Público de Empleo estatal

Documentación:

- Modelo oficial de solicitud.

- El impreso de solicitud incorpora: la declaración de rentas del solicitante, los datos de domiciliación bancaria, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).

- Documento de identificación del solicitante (solamente será necesaria su exhibición para verificar dichos datos):Documento Nacional de Identidad o tarjeta de identidad de extranjero.
Certificado de emigrante retornado expedido por las Áreas o Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno.

-Solamente si la entidad gestora lo solicita, un justificante de rentas.

Plazo: 15 días hábiles desde que el trabajador retorna a España.

Requisitos
- Estar desempleado
- Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de un mes desde la fecha de su retorno
- No haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales en el plazo de un mes desde la inscripción como demandante
- Carecer de rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluidas pagas extraordinarias
- Haber trabajado 12 meses en los últimos 6 años en el extranjero desde su última salida de España

Pago
Duración: 6 meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta ún máximo de 18 meses
Pago: Por meses vencidos a través de la entidad financiera señalada por la Oficina de Empleo o por ingreso en cuenta

Importe: Percepción económica del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)

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