Normativa si se está cobrando el paro y se encuentra trabajo como autónomo o por cuenta propia
Si está cobrando prestación por desempleo e inicia una actividad como autónomo o por cuenta propia, se interrumpe el abono de dicha prestación.
La posibilidad de reanudarla o no depende del tiempo que dure la actividad: si dura menos de 24 meses podrá reanudar la prestación, pero si dura 24 o más meses, la prestación se considera extinguida y no podrá volver a percibirla.
Las prestaciones por desempleo son incompatibles con el trabajo por cuenta propia, con independencia del número de horas que se dediquen a la actividad, de los resultados económicos obtenidos y aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en alguno de los regímenes de Seguridad Social
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