Unas subvenciones para publicaciones relacionadas con la mujer, acaban de ser convocadas por el Instituto de la Mujer, mediante Resolución de 11 de marzo de 2011, por la cual se convocan estas subvenciones que tendrán como finalidad el fomento de la edición de publicaciones relacionadas con la mujer, correspondientes al año 2011.
Esta Resolución tiene por objeto la convocatoria de subvenciones, para el año 2011, en régimen de concurrencia competitiva, a proyectos de edición de publicaciones, en lengua castellana o en cualquier otra lengua co-oficial española distinta de la castellana, sobre las mujeres en lo que afecta a su educación, salud, situación legal, cultural, laboral y social; con la finalidad de fomentar y favorecer la edición de publicaciones relacionadas con las mujeres, promover su difusión y contribuir ala dotación de un fondo bibliográfico en las bibliotecas públicas, en el área de la mujer.
La solicitud de subvención se formalizará en el modelo oficial que figura como Anexo I a la presente Resolución. Las solicitudes, dirigidas a la Directora General del Instituto de la Mujer, podrán presentarse en el Registro General del Instituto de la Mujer (calle Condesa de Venadito 34, 28027 Madrid). También podrán utilizarse los registros, oficinas y lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
El plazo de presentación será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Por último señalar que podrán solicitar estas subvenciones, tantos las personas físicas como jurídicas del sector editorial, de nacionalidad española, o de otros Estados miembros de la Unión Europea o asociados al Espacio Económico Europeo, siempre que cumplan los requisitos solicitados y deberán acreditar una experiencia editorial de, al menos, dos años ininterrumpidos en la fecha de publicación de esta convocatoria. Quedarán excluidas de estas subvenciones las editoriales que habiendo recibido estas mismas subvenciones del Instituto de la Mujer en años anteriores, no las hubieren justificado suficientemente, dentro del plazo máximo de justificación concedido. A estos efectos, se entenderá que dichas subvenciones no han sido justificadas mientras persista una deuda declarada mediante resolución del correspondiente procedimiento de reintegro.
Para más información:
Red Trabaja – Resolución Instituto de la Mujer
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