Exportar el paro a cualquier país de la Unión Europea.
Si en España se ha generado derecho a paro (prestación contributiva de desempleo) y quieres, mientrás estás cobrando la prestación, retornar a tu país de origen podrás hacerlo sin ningún problema, solicitando el modelo E303 en la Dirección Provincial de los Servicios de Empleo de cada provincia y también es recomendable solicitar el modelo E301 que acredita las cotizaciones en España para que se las computen en el país de procedencia.
Con el E303 se irá a los servicios de empleo de cada país a solicitar la prestación económica y se cobrará el 100% de la prestación que cobrabamos en España con un máximo de 3 meses. Si tuviesemos prestación contributiva pendiente de cobrar en España y trabajamos al retornar a nuestro país de origen se computarán todo el periodo trabajado en España más lo trabajado al retorno pudiendo disfrutar de una nueva prestación.
En Portugal e Italia no existe tope de 3 meses si no que se tiene derecho a la totalidad de la prestación logicamente con el máximo al igual que en España de 24 meses.
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