miércoles, 13 de enero de 2010

Subsidio desempleo mejora de una incapacidad

Subsidio de Desempleo para personas que mejoren de una incapacidad
Requisitos para poder acceder al subsidio por desempleo de aquellos trabajadores que sean declarados plenamente capaces o inválidos parciales como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez permanente absoluta o total para la profesión habitual
Requisitos:
1.- Estar desempleado.
2.- Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de un mes desde la fecha de la resolución del expediente de revisión de mejoría y suscribir el Compromiso de Actividad
No haber rechazado oferta de colocación adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales desde la inscripción como demandante de empleo.
3.- Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
4.- Haber sido declarado capaz para el trabajo o en situación de incapacidad parcial como consecuencia de un expediente de revisión de la situación de incapacidad permanente absoluta o total.
Si el trabajador tuviera derecho al "Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años" percibiría éste
Duración del Subsidio: Seis meses, prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.
Cuantía: La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: 413,52 euros/mes para el año 2008 y 421,79 euros/mes en 2008.La Entidad Gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria y protección a la familia.
El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente a la declaración de capacidad, siempre que las situaciones protegidas por el subsidio por desempleo se produzcan entre el 8 de marzo de 2009 y el 31 de diciembre de 2010.
Datos y más información Enero 2010: www.redtrabaja.es

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