Convenio Colectivo estatal para las empresas de gestión y mediación inmobiliaria
Este convenio está publicado en el BOE nº 240 del 5 de octubre de 2009 y es una resolución del 23 de septiembre de 2009 de la Dirección General de Trabajo.
Sirve para regular las condiciones mínimas de trabajo en las empresas que se dedican principalmente a la mediación inmobiliaria.
El presente convenio colectivo partiendo de las diversas fórmulas de actuación en el sector inmobiliario regula las condiciones mínimas de trabajo aplicables a los trabajadores por cuenta ajena de las empresas que se dedican principalmente a la gestión y mediación inmobiliaria.
A estos efectos se entiende por actividad de mediación inmobiliaria aquélla que consiste en realizar o desarrollar una actividad remunerada con el fin de poner en relación a dos o más futuros contratantes interesados en la realización de determinada operación inmobiliaria, promoviendo o facilitando su aproximación y, en su caso, la celebración del contrato.
El ámbito territorial de este convenio abarca todo el estado español para las empresas radicadas en el mismo y trabajadores incluidos en su ámbito funcional y personal.
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