Una vez aprobada la cotización de los becarios a la Seguridad Social, que comenzará a partir del próximo 01 de noviembre, hay que ver como cotizarán y cuales serán sus bases.
Así la base de cotización de los becarios por el convenio especia, estará constituida por la base mínima de cotización vigente en el Régimen General de la Seguridad Social en el período que corresponda, a la que se aplicará un coeficiente reductor del 0,77 por 100. Podrá solicitarse la suscripción del convenio especial hasta el 31 de diciembre de 2012. En este caso, el importe total de la cotización se podrá abonar en un pago único o de forma fraccionada, en un número de meses igual al doble de los que se formalizan en el convenio.
Los becarios que se encuentren en la situación de tales a la entrada en vigor del Real Decreto se incorporarán al Régimen General a partir de esa fecha, para lo cual los organismos o empresas que financian el programa de formación deberán solicitar su inscripción como empresa y la apertura del código de cuenta de cotización.
El pago de cotización correspondiente al mes de noviembre de 2011 podrá ingresarse, sin recargo e interés de demora, hasta el 31 de enero de 2012.
Para más información:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
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